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Mostrando entradas con la etiqueta Se aprobó la adopción para parejas homosexuales en el Distrito Federal en congruencia con la Constitución. Mostrar todas las entradas
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Homosexuales: adopción

Se acaba de aprobar en el Distrito Federal la adopción por parte de parejas homosexuales.

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Como era de esperarse, mucha controversia entre los que están a favor y los que están en contra.

Para unos la adopción por parte de una pareja homosexual es simplemente antinatural, otros se preocupan por la discriminación que puedan sufrir los niños criados en estas condiciones, unos cuántos más han dicho que es un mal ejemplo para los niños y que estos crecerán con severos traumas.

Pero más allá de la preocupación moral o psicológica de la adopción por parte de parejas homosexuales, lo que habría que discutir es si el Estado está en la obligación o no de garantizar a la adopción a ceualquier individuo.

El tema de la adopción no es ni debe ser jamás un tema religioso, es un tema de Estado pues es éste quien regula la convivencia social a través de las leyes y quien garantiza sus derechos a todos los ciudadanos.

Así pues, para determinar si la adopción por parte de parejas homosexuales debe ser aprobada o no, debemos regirnos por los principios legales, y el documento de máxima autoridad en esta materia es nuestra Carta Magna. El resto de las leyes deben ser congruentes con este documento.

Al respecto, la Constitución nos dice en su artículo 1°:

"En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece...

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas"
.


Después en el artículo 4° se señala:

"El varón y la muer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y esparcimiento de sus hijos...

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar...

Los niños y las niñas tienen el derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Los ascendientes o tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos"
.


Y en el artículo 31:

"Son obligaciones de los mexicanos:

1. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley"
.


Así pues, lo primero que nos dice la Constitución es que ningún individuo puede ser impedido de sus derechos sin importar si es homosexual o heterosexual, cristiano o musulmán, hombre o mujer.

La adopción es una forma de tener hijos, y la Constitución nos dice que cualquier persona tiene derecho a tener el número de hijos que desee. Por lo tanto la homosexualidad no es un impedimento para tener hijos.

La Constitución dice también que "los niños y las niñas tienen el derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral". Si una pareja homosexual puede otorgarles todo esto a sus hijos tampoco hay ningún impedimento legal para la adopción.

La Constitución también establece que los padres o tutores deben otorgarle educación básica a sus hijos. Así que si una pareja homosexual está en posibilidades de otorgar educación a sus hijos, tampoco hay razón para negar la adopción.

Por otro lado, la Constitución dice "toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar". Hasta el momento no hay estudios que comprueben que una pareja homosexual no pueda proveer un ambiente adecuado para el bienestar y desarrollo de un niño, así que nuevamente no hay elementos para negar una adopción.

¿Significa esto que cualquier pareja homosexual puede adoptar hijos?

La respuesta es NO.

Las parejas homosexuales al igual que las heterosexuales no se libran de los conflictos y problemas propios de nuestra sociedad. Significa esto que un pareja homosexual tiende a repetir los mismos patrones que una pareja heterosexual, y por lo mismo pueden ocurrir toda clase de abusos: violencia, abandono, maltrato infantil, etc, etc, etc. Estos son problemas que nada tienen que ver con la homosexualidad o heterosexualidad, pero que sí pueden dañar severamente la integridad de un niño.

De manera, que para que el Estado de continuidad a una solicitud de adopción, debe asegurarse de que la pareja solicitante pueda otorgar al menor un ambiente seguro y libre de violencia, con educación, nutrición adecuada, salud física y emocional, afecto, respeto y amor; en donde no haya sobre protección del menor pero tampoco abandono.

No todas las parejas cumplen con este perfil; sin embargo se juzga severamente a una persona por su conducta sexual en vez de juzgarla por las posibilidades reales que tenga de otorgar un buen hogar.

Por último, conocemos a muchas parejas heterosexuales que son pésimos padres, golpean, abandonan, insultan, y nadie les negó jamás el derecho a ser padres o madres a pesar de que su incapacidad para la paternidad era obvia desde tiempo atrás. Incluso de muchos de ellos se dice que son buenos padres únicamente por proveerles a sus hijos la manutención material, y su conducta sexual no influye en nada para juzgarlos.

Simplemente nadie les niega el derecho a la paternidad o maternidad porque es una garantía individual que no se puede censurar. ¿Por qué habría de ser diferente con una pareja homosexual?

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